Análisis del Real Decreto Ley 15/2018, que ha acabado con el Impuesto al Sol

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Hoy sábado 6 de octubre se ha publicado en el BOE el “Real Decreto Ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores“. Tras la enorme alegría de ayer, al ver y oir a la Ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, anunciando la derogación del vergonzoso ‘Impuesto al Sol‘, entre otras importantes medidas de corte social, toca analizar en profundidad el texto legal para conocer los detalles.

En los primeros párrafos y apartados del Real Decreto Ley 15/2018 vislumbramos rápidamente un importante enfoque social, mostrando una batería de datos e indicadores que justifican la necesidad de la toma de medidas urgentes para paliar un escenario de precios altos de la energía, que además se espera que sigan subiendo.

El texto apunta hacia cuestiones estructurales de los mercados como la fuente de esta tendencia, que junto a los objetivos europeos hacia la descarbonización de la economía justifican la necesidad de tomar medidas importantes para intentar revertir el efecto negativo de este escenario.

Medidas para reducir la factura eléctrica y térmica de las familias

En el primer título del Real Decreto Ley 15/2018 se imponen medidas muy beneficiosas, que no analizaremos en este artículo, pero que son bienvenidas, como las siguientes:

  • Mejora de la definición del Bono Social, ampliando así el nº de ciudadanos que pueden acogerse a este, especialmente aquelloas familias o personas con menos recursos (consumidores vulnerables).
  • Se pone coto a algunas prácticas de las empresas comercializadoras (como la venta de electricidad puerta a puerta), que muchas veces perjudicaban precisamente a estos colectivos.
  • Se aprueba un Bono Social Térmico, que como el eléctrico, permitirá aliviar la factura energética de calefacción, cocina o agua caliente sanitaria.
  • Se diseñará en el plazo de 6 meses una Estrategia Nacional de Lucha Contra la Pobreza Energética, que estudie y establezca objetivos a largo plazo para reducirla.

Real Decreto Ley 15/2018: un gran impulso al autoconsumo fotovoltaico

Ya en su título II, se aborda el esperado tema del Autoconsumo. Se reconocen los graves efectos negativos que había tenido hasta el momento la legislación anterior, y se asume el contenido de la Proposición de Ley sobre autoconsumo firmada por la mayoría de los grupos políticos del Congreso, a excepción del PP.

En esencia, introduce tres principios fundamentales que regirán la actividad de Autoconsumo:

  • Se reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin cargos
  • Se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores para aprovechar las economías de escala
  • Se introduce el principio de simplificación administrativa y técnica,especialmente para las instalaciones de pequeña potencia.

Entrando al detalle de las disposiciones sobre Autoconsumo, podemos destacar las siguientes novedades realmente importantes:

  1. Se redefine el concepto de Autoconsumo, permitiendo el uso colectivo, con el autoconsumo compartido. Además, amplía los dominios físicos de una instalación de autoconsumo, eliminando la obligación de que esté en el mismo edificio. Ahora puede estar próxima al mismo, en líneas derivadas del mismo centro de transformación.
  2. Se elimina la obligación de darse de alta en el Registro de Autoconsumo. Las Comunidades Autónomas podrán llevar un control de las instalaciones exigiendo sólo la documentación técnica ordinaria.
  3. Se establece que la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes.
  4. El cambio más importante es la simplificación del papeleo. Las instalaciones domésticas y todas aquellas que no vayan a verter energía a la red ya no tienen que pedir permiso a la compañía eléctrica para conectarse. Además, se elimina el segundo contador que tantos problemas daba, al encarecer y complicar la legalización de las instalaciones.
  5. Se contempla la facturación neta de excedentes en pequeñas instalaciones. Se trata de restar directamente en tu factura de la luz una valoración a precio de mercado mayorista de la energía que te sobre sin que se considere actividad económica. Ojo, no confundir con el balance neto. Además, tiene que reglamentarse.
  6. Se elimina la limitación de que la potencia de los paneles tenga que ser menor que la potencia de consumo. Además, se deroga el llamado impuesto a las baterías que gravaba que fueras capaz de bajarte la potencia gracias a ellas.
  7. Finalmente, se racionalizan las terribles sanciones por incumplimientos, como la de 60 millones de euros (!!!) por no presentar un papelillo. Las sanciones nunca podrán ser superiores al 10% de la facturación anual.

Por tanto, podemos decir hoy ya si, con total seguridad, que realmente estas medidas permitirán despegar al autoconsumo Fotovoltaico sin ninguna traba técnica o administrativa.

Disposiciones finales: impulso a la generación renovable, la movilidad sostenible, y medidas para reducir el precio de la electricidad

Ya en los últimos títulos del Real Decreto Ley 15/2018 se tratan otros temas importantes que redundan en la promoción de la generación renovable y la movilidad sostenible. Entre otras medidas se adoptan las siguientes:

  • Aumentos de plazos en las susbastas para la instalación de potencia renovable, medidas para evitar la especualción en estos procesos, y otras que permitirán aumentar el numero de subastas renovables, para poder asegurar que llegamos a los objetivos renovables de 2020.
  • Se liberaliza la actividad de recarga de vehículos eléctricos, eliminando la figura del gestor de cargas prevista en la Ley del Sector Eléctrico, pues se ha revelado como excesivamente rígida y desincentivadora de la actividad.

También se proponen importantes medidas destinadas a abaratar el precio de la electricidad en los mercados mayoristas, lo que deberá redundar en un descenso del precio final de la electricidad para los consumidores. Estas medidas son entre otras:

  • La eliminación del Impuesto a la Generación.
  • Se introduce una exención en el Impuesto de Hidrocarburos para los productos energéticos destinados a la producción de electricidad (como el gas de los ciclos combinados, uno de los responsables del elevado precio final de la electricidad)

Conclusiones

Tras el análisis del Real Decreto Ley 15/2018, desde Solarmat nos atreveríamos a decir que se trata posiblemente de la legislación más beneficiosa para el conjunto de la sociedad aprobada por el Gobierno de Pedro Sanchez, en sus poco más de 100 días de Gobierno.

Aunque ya habían anunciado que la intención de la Ministra Teresa Ribera era aprobar estas importantes medidas antes de final de año, ayer no podíamos creer cierto un cambio tan significativo en este ámbito. Tras haber sufrido los últimos 7 años la más nefasta política energética de la democracia, con una legislación del autoconsumo que fue objeto de mofa internacional, hemos despertado hoy con una nueva situación, radicalmente opuesta, y que permitirá el esperado florecimiento de estaactividad en nuestro país.

Este Real Decreto-Ley proporciona esperanza a una ciudadanía que soporta aun los estragos de la crisis y uno de los precios de la electricidad más altos de Europa. Llevamos 7 años de atraso respecto a países de nuestro entorno, como alemania, Holanda, Reino Unido o nuestro vecino Portugal, que han podido disfrutar del crecimieto de un sector profesional que sólo arroja beneficios para toda la sociedad: menores emisiones, menor dependencia energética del exterior, una mayor descarga de la red de distribución, con una sensible reducción de las pérdidas de transporte y distribución, etc.

Un país rico en un recurso gratuito como el Sol no puede usar esa riqueza para un sector como el turismo o la agricultura, y no utilizarlo para producir una energía más barata para sus ciudadanos. Es absurdo, y cualquier político que no vea sea capaz de ver esto no es un buen estadista.

Nos congratulamos del ambiente de esperanza y alegría al que da paso esta nueva ley, y nos ponemos a disposición de quien nos necesite para asesorar, diseñar y ejecutar instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. Nuestra experiencia y la capacidad para haber sobrevivido a una era oscura para la fotovoltaica nos permite hoy en dia estar en disposición de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

Contacta con nosotros o solicita presupuesto sin compromiso para hacer realidad tu instalación de autoconsumo con la mejor calidad y las mejores garantías del mercado.

 

Kit Solar Autoconsumo de 500W instalado en Murcia… ¡y legalizado segun RD900/2015!

kit solar autoconsumo legalizado segun rd900/2015 - placas solares autoconsumo

¡Hola, amigos de Solarmat!

Hoy queremos hacernos eco de una nueva instalación de autoconsumo que hemos llevado a cabo en la provincia de Murcia. En este caso se trata de un pequeño kit solar autoconsumo instantáneo de 500W (nuestro afamado Kit Sirio doble), instalado para conseguir ahorros en un piso, que dispone de un tejadillo bien orientado al sur, donde alojar sin problemas los dos paneles solares fotovoltaicos de 72 células de los que consta el kit.

kit solar autoconsumo legalizado segun rd900/2015 - placas solares fotovoltaicas 72 celulasComo sabeis, desde que entró en vigor el Real Decreto de Autoconsumo, el polémico RD900/2015, las instalaciones de viviendas con contratos ATR 2.0, con potencias contratadas menores de 10kW, están exentas del pago de cualquier peaje adicional en instalaciones de autoconsumo instantáneo.

La única salvedad a tener en cuenta es la de instalar un segundo contador que registre la producción fotovoltaica, antes de volcarla a la red interior de la vivienda. Después hay una serie de tramites con la distribuidora y el registro oficial de la instalación.

Se trata de un procedimiento algo engorroso, aunque en este caso bastante más sencillo que el que se especificaba en el RD1699/2011, anterior norma de referencia para instalaciones de autoconsumo. Aun así, vemos una absurdez tanto papeleo, la necesidad de instalación del segundo contador, lo cual suele complicar y encarecer la instalación, el tira y afloja con la distribuidora para decidir donde colocarlo, etc.

kit solar autoconsumo legalizado segun rd900/2015 - conexion cuadro proteccionesA pesar de todas esas complejidades, las electricas en este país han hecho tanto daño y son tan odiadas gracias a su “reino de terror” (recordemos que en un pais como España, con un salario minimo de los más bajos de Europa, tenemos el 2º coste de la electricidad más alto en función de la renta media, el 4º absoluto), que siempre hay personas como nuestro cliente, dispuestos a combatirlos como sea, incluso aunque la absurda legislación vigente haga que de momento la amortización de estos kits se alargue de los 6-7 años en los que estaría con un balance neto regulado (como en Alemania, Holanda o Reino Unido, paises con menos sol que las cuevas de Altamira) a 9-10 años en este caso, con el RD900/2015 en vigor.

De momento, hemos conseguido que otra familia más ahorre en su factura de electricidad gracias al poder de la energía solar fotovoltaica.

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Nuestra pequeña revolución solar sigue en marcha, poco a poco, ganando adeptos. ¿Te sumas a nuestra revolución solar? Contacta con nosotros y te ayudaremos en todo lo posible.

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