compensaxion de excedentes - solarmat- como se ve en factura

Compensación de Excedentes: primeras experiencias en clientes de Solarmat

¡Feliz año a todos los lectores del Blog de Solarmat! no podíamos empezar el primer artículo del año con una mejor noticia que esta: ya tenemos confirmados algunos casos de Compensación de Excedentes de clientes de Solarmat.

Hoy queremos mostraros uno de estos casos, de nuestro buen amigo y cliente Jesús, de Madrid, para que veais que ya es posible poner en marcha una instalación de autoconsumo fotovoltaico con compensación de excedentes y empezar a ahorrar mucho más aun de lo que de por sí nos permite una instalación de autoconsumo.

Compensación de Excedentes: hasta un 20% de ahorro adicional en factura

Antes de nada y para los mas despistados, un repaso rapido de qué es autoconsumo y qué es la compensación de excedentes. El autoconsumo fotovoltaico es simplemente producir gran parte de la energía eléctrica que consumimos en casa o en la empresa, de forma que reducimos enormemente el consumo de electricidad que hacemos de la red eléctrica, con el consiguiente ahorro en la factura de electricidad. Con estos sistemas de autoconsumo, podemos conseguir ahorros anuales de hasta el 50%, con picos estacionales de hasta el 70%, con tan sólo un puñado de paneles solares y un inversor.

Además, gracias al RD244/2019, que actualizaba la normativa del Autoconsumo Fotovoltaico, ya sin importantes barreras como el Impuesto al Sol, se abría la puerta a que los excedentes de producción que se volcaran a red se podrían remunerar a precio de mayorista. De esta forma, además del ahorro en el concepto de energía que podemos conseguir con el propio autoconumo fotovoltaico, se nos descuenta de la factura los kWh de energía sobrante que exportáramos a la red, a un precio inferior al que nosotros pagamos por la electricidad consumida, y que venía a rondar entre los 4 y los 5 céntimos de euro por kWh.

Tramitación de Autoconsumo con Compensación de Excedentes: en cada Comunidad Autónoma es diferente.

Para conseguir beneficiarnos de estas novedades normativas, tan sólo hay que disponer de una instalación de autoconsumo fotovoltaico perfectamente legalizada por una empresa instaladora habilitada (como por ejemplo Solarmat 😉 ). El procedimiento de legalización es diferente en cada Comunidad Autónoma, y en algunas comunidades se están dando más prisa que en otras para facilitar los trámites.

El procedimiento consiste en que, una vez legalizada la instalación según el trámite específico de cada Comunidad Autónoma, la Comunidad comunica la legalización con la modalidad de vertido de excedentes a la empresa distribuidora a la que corresponde el CUPS del cliente.

Esta, una vez informada, se lo comunica a la empresa comercializadora (con la que tenemos el contrato de suministro eléctrico), la cual debe ponerse en contacto con nosotros para proponernos la firma de un nuevo contrato donde se incluya la remuneración de los excedentes como descuento en concepto de energía excedentaria. Simplemente tendremos que firmar el nuevo contrato, y al mismo tiempo la compañía distribuidora reprograma nuestro contador para que registre y comunique la energía exportada a la red desde nuestra instalación fotovoltaica.

Estas lecturas se incorporarán mensualmente a las lecturas de consumo habituales, y se tendrán en cuenta en el cómputo mensual a la hora de facturar, con el consiguiente impacto en la factura, que será un ahorro importante que puede alcanzar un 20% adicional al ya producido por nuestra instalación de autoconsumo.

Compensación de Excedentes: cómo se ve en la factura

A continuación os mostramos cómo queda en la factura este concepto de enegría excedentaria en la factura de nuestros primeros clientes que ya disfrutan de la compensación de excedentes:

compensacion de excedentes - solarmat- como se ve en factura
Así es como se ve el término de energía excedentaria en nuestra factura eléctrica, una vez está correctamente tramitado y el nuevo contrato con la comercializadora. En este caso vemos que la compensación es superior a la energía facturada en un céntimo, de ahi que se muestra otro concepto llamado “Término energía excedente no compensable”, es decir, el valor económico de la energía que hemos exportado que no nos podrán descontar, ya que hemos bajado el concepto de facturacion de energía a cero.

 

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En la segunda página de este otro ejemplo de factura también lo muestran en los detalles de costes por concepto de energía.

Según nuestros primeros cálculos y estimaciones, en los mejores casos el ahorro adicional que se puede obtener gracias a la compensación de excedentes puede alcanzar el 18-20% adicional. Esto puede significar una reducción en el periodo de amortización de hasta 2 años. Es decir, que donde antes con una buena instalación fotovoltaica de autoconsumo obteníamos ahorros medios anuales del 50% en la factura eléctrica, y una amortización de 6-7 años, ahora podremos obtener ahorros de hasta el 70%-75% en la factura eléctrica anual y un plazo de amortización de 4-6 años.

Estas cifras dependen mucho de los precios que tengamos contratados y de la relación entre el término fijo y el término variable de la factura de la luz. Es más favorable para contratos con potencias bajas y elevados consumos de energía. Pensad que la compensación sólo se realiza en el término de energía, y en la factura de electricidad encontramos otros términos que pueden tener un peso importante en el importe total: la potencia contratada, servicios contratados, y ya en empresas o viviendas muy grandes, recargos por excesos de potencia, por excesos de energía reactiva, etc.

Desde Solarmat os recomendamos contactar con nuestro departamento de Ingeniería y Estudios para tratar cada caso de forma personalizada y obtener unas fiables estimaciones del ahorro que podemos conseguiros en la factura eléctrica gracias a una bien diseñada instalación de autoconsumo fotovoltaico.

Cómo comprobar si la distribuidora está tramitando y registrando la compensación de excedentes

Una vez se tramita el boletín de la instalación, no hay mucha más comunicación por parte de los agentes implicados sobre nuestro expediente. Para poder comprobar directamente si el asunto está en marcha, tan sólo debeis daros de alta como usuario en la página web de vuestra distribuidora. En España hay multitud de empresas distribuidoras, pero la mayoría de contratos se distribuyen entre las 5 más grandes, que son Iberdrola Distribución, Endesa Distribución, Unión Fenosa Distribución, EDP (Hidrocantábrico) Distribución y Viesgo (E.On) Distribución, como mostramos en este mapa:

mapa distribucion electrica

Para ilustrar el caso concreto de uno de nuestros clientes, mostramos las pantallas que deben aparecer si vuestro expendiente de compensación de excedentes está en marcha, y que en este caso se trataría de un CUPS asociado a Iberdrola Distribución.

Primero deberíais consultar los datos de contrato, donde se debe mostrar una modificación en el contrato en marcha, en una fecha reciente cercana pero posterior a la legalización de la instalación fotovoltaica. Aqui vemos que la modificación se realizó poco después de tramitar la legalización en Industria, a primeros de diciembre de 2019.

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Aquí podemos ver un dia de consumo de nuestro cliente, donde vemos que gracias a la instalación fotovoltaica no hay consumo entre las 13h a 22h.

compensacion de excedentes solarmat 06

 

Una vez la compañía distribuidora haya modificado nuestro contador, éste comenzará a dar lecturas de energía exportada, es decir, de energía vertida a la red, que es la que nuestra compañía comercializadora (que recordamos es otra compañía diferente a la distribuidora) nos descontará del concepto de energía facturada. Aquí los excedentes de un día de diciembre:

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Los datos de producción registrados por la distribuidora los podemos contrastar con los datos registrados por el sistema de monitorización de la instalación fotovoltaica, que en el caso de nuestro cliente se ve tal que así:

compensacion de excedentes en autoconsumo - solarmat

 

Aquí tenemos una imagen de los excedentes  registrados durante el mes de diciembre para esta instalación:compensacion de excedentes solarmat 03

Conclusiones

Como veis el tema del autoconsumo con compensación de excedentes está ya en marcha, y en nuestra opinión es una gran oportunidad para instalar un sistema de autoconsumo fotovoltaico en nuestro hogar o en nuestra empresa (en el caso de empresas podemos acogernos a este tipo de compensación en potencias iguales o inferiores a 15kW).

Como decíamos, cada Comunidad Autónoma va a su ritmo, y concretamente en Madrid ya se han puesto las pilas y hay al menos 300 clientes ya tramitados dentro de la Comunidad que ya están disfrutando de la compensación de excedentes.

En otros territorios van un poco más retrasados, pero la CNMC ya dió un tirón de orejas a los agentes implicados para que la situación estuviera operativa y se desplegaran totalmente los procedimientos en este mismo mes de enero.

Por tanto, y por resumir, nuestra recomendación es: contactar con una empresa instaladora habilitada que sepa cómo legalizar vuestra instalación de forma que no tengais ningun problema a la hora de tramitar la compensación de excedentes. A continuación instalar los equipos, legalizar y esperar a que el procedimiento de cada Comunidad Autónoma siga su curso.

Si todo se hace correctamente, en un plazo razonable tras la legalización, vuestra empresa comercializadora debería llamaros para el cambio de contrato actual a un contrato con compensación de excedentes. ¡Y listo! A partir de entonces disfrutareis de todas las ventajas del autoconsumo fotovoltaico más las de la compensación de excedentes por verter la energía excedentaria de vuestra instalación.

¡Por cierto! Para los que ya tengais una instalación de autoconsumo legalizada con vertido cero: se puede acceder a la compensación igualmente. Tan sólo hay que realizar una modificación del Certificado de Instalación, que os la puede realizar la misma empresa que os lo instaló o cualquier otra.

Para cualquier cuestión que os surja en estos temas, no dudeis en poneros en contacto con SOLARMAT, bien vía telefónica (965 063 479), Whatsapp (684 422 790) o email (info@solarmat.es), o bien a través de nuestro formulario de solicitud de presupuesto.

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17 comentarios sobre “Compensación de Excedentes: primeras experiencias en clientes de Solarmat

  1. Seguiré desconectado mientras no se implante un verdadero Balance Neto.
    1 – Quiero intercambiar con la red Kwh, no dinero.
    2 – Quiero un ratio de intercambio 8/10 :: recupero 8 de cada 10 Kwh … lo que tenemos ahora establece un ratio 2/10 … es un atraco. De facto aceptaría TRIBUTAR con un 20% de mis excedentes, pero con el 80% es INADMISIBLE.
    3 – Si decido monetizar mis excedentes entonces aceptaría cargos fiscales por la venta. Tb quiero la posibilidad de poder donar mis excedentes (a un programa social, a una PyME, a una residencia de ancianos ….).

    • Hola Pepeitor,
      Efectivamente no es una maravilla lo que tenemos en España. En otros paises hay un verdadero balance neto, kWh por kWh. Pero viniendo de la situación en la que estábamos, con el hit mundial del “impuesto al Sol”, la verdad es que esta facturación neta que tenemos ahora sabe a gloria, aunque siga siendo la compensación de autoconsumo mas restrictiva de Europa.
      En cualquier caso, todo el mundo es libre de hacer con sus excedentes lo que quiera. Se puede seguir haciendo inyección cero, aunque para los más exigentes, com parece que es tu caso, siempre os queda aislaros de la red y ser los amos y señores de vuestra energía, sin injerencias de ningun tipo.
      Un saludo!

  2. Deseo un presupuesto y una información de palabra . Ya que no me aclaro mucho : Mi idea es colocar una instalación que me permita consumir el máximo consumo con energias renobables

  3. Hola. En una de las fotos de arriba se expresa la producción de electricidad y entiendo que se hace de manera automática lo rentable que sería durante la vida útil del sistema. Pone 1775,21€.

    ¿Qué quieren decir esas cifras? ¿Es la rentabilidad estimada?.

    • Hola Jota, este dato es el ahorro de la instalación desde que está en marcha. diciendole al sistema el precio que pagas por tu electricidad, te calcula automáticamente cuánto has ahorrado gracias al autoconsumo conseguido.
      Un saludo y gracias por tu comentario.

  4. Vivo en Sevilla, y la Distribuidora y comrcializadora es Endesa. Tengo un contrato tempo negocio y quiero poner energía fotovoltaica. Puedo ponerla y cambiar a pvpc ( tarifa regulada ) a posteriori. Creo que te quieren vender la moto y que pases a tarifas tipo “tempo solar”. Qué me aconseja Ud? Saludos

    • Hola Rafael, la tarifa contratada es independiente de cualquier otro servicio a no ser que te hayan hecho firmar un compromiso de permanencia. En cualquier tarifa de cualquier comercializadora, una vez pasados los 12 meses, puedes cambiar de compañía sin ninguna penalización. Ojo porque hay tambien contratos de 18meses, todo depende de lo que nos ofrecieran anteriormente al firmar.

      Nuestra recomendación es contratar siempre que se pueda la tarifa PVPC con discriminación horaria: el 99% de las veces es la más barata y la que mayor ahorro genera.

      Gracias por tu comentario. Un saludo!

  5. buenas,

    me ha encantado tu articulo pero no llego a entender el precio de la compesacion cual es.
    tenia pensado que para pvpc es el precio del coste de la energía que aparece en factura al estar separado de los peajes pero en la factura que presentas no te descuenta el precio de la energía en cada periodo sino un valor que no se dé donde sale.

    ¿sabes de donde sacan ese precio?

    gracias

    • Hola Antonio, ese precio que te pagan es la media del precio de pool o de mercado diario que haya habido en ese mes. Es la media del precio mayorista de mercado. Gracias por preguntar, porque asi queda todo mas claro. Un saludo!

  6. El artículo es muy bueno y muy ilustrativo, el problema para el autoconsumo con excedentes viene cuando la distribuidora de tu zona se niega a recibir la notificación de industria de una instalación legalizada, como me pasa a mi en la provincia de Soria con la distribuidora e-distribucion(eléctricas reunidas Zaragoza, endesa) tengo una instalación desde marzo 2020, legalizada desde mayo en industria, industria comunicó en julio a la distribuidora, y ha vuelto a comunicar en Diciembre, y la distribuidora, cuando realizo gestiones para ver como va la tramitación, me responden una y otra vez que están esperando la notificación de industria de la comunidad, vamos un desproposito

  7. Buen artículo. Tengo entendido que hay dos formas de hacer vertido. Una como las que mostráis que máximo nos daría lo que hemos consumido y otra que también nos pagarían más de los que nosotros consumimos?

    • Hola Paulino, creo que te refieres a diferencias entre inyección cero y vertido de todo el excedente. Si la instalación se legaliza en industria, lo mejor es legalizar con vertido de excedentes y compensación, ya que así toda la energía que no usemos nos la podrán descontar en la factura.
      La inyección cero era algo que se usaba antes del RD244/2019, ya que entonces era muy complejo y costoso verter los excedentes, además de que no nos los remuneraban. Afortunadamente, esos tiempos pasaron a la historia!
      Un saludo!

  8. Una pregunta estoy pensando poner FV, pero estoy encantado del precio de kwh que tengo con endesa, LA pregunta importante es… Paso a un contrato de autoconsumo, pero luego puedo vender mis excedentes a otra compania que no es endesa… decir seguir con mi contrato de endesa pero vender a edp, por ejemplo. Antes de instalarme las fv estoy pensando en esto.
    Gracias por la respuesta.

    • Buenas Georgi, no, si contratas una compañía X, los excedentes te los compensa la compañía X con sus tarifas y condiciones. Eso no se puede hacer de otra forma. Gracias por tu comentario!

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